
Navarro, 10/5/2020
COMITÉ DE CRISIS INFORMA
SE AUTORIZA a partir del día 12 de mayo de 2020, el inicio de actividades siguientes:
1.- Comercios de Venta Minorista y Servicios.
2.- Profesionales no vinculados a la Salud.
3.- Inmobiliarias.
NO se encontrarán incluidos como excepción, las siguientes actividades y servicios:
1. Dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades, a excepción de las clases particulares donde sólo se brinde la misma a un alumno por vez.
2. Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que implique la concurrencia de personas.
3. Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.
4. Actividades turísticas; apertura de parques o similares.
LOS COMERCIOS DEBERÁN EXHIBIR EN LA ENTRADA “EL USO DEL TAPABOCAS ES OBLIGATIRIO”
Todos los comerciantes, si perciben un cliente sin el Tapabocas, deberá exigirle su uso, para evitar multas, ya que es de USO OBLIGATORIO.
Les recordamos que el uso del Tapabocas es una de las medidas para evitar el contagio del virus, pero no sólo eso, además es necesario MANTENER LA DISTANCIA SOCIAL, AL MENOS DE UN METRO Y MEDIO POR PERSONA.
El Comité se reunirá el lunes nuevamente, para seguir resolviendo temas esenciales, y se dará información, después del mediodía del 11 de mayo.