
Natalini impulsa un plan municipal para terminar las viviendas inconclusas en Navarro
JUEVES 30/10
El concejal del bloque UCR–PRO, Mateo Natalini, presentó un proyecto de ordenanza que busca que el Municipio de Navarro asuma la finalización de las viviendas paralizadas en el distrito, en el marco de los programas nacionales de vivienda. La iniciativa apunta a reactivar las obras con la participación de los beneficiarios y evitar que las casas se deterioren o queden abandonadas.
El concejal Mateo Natalini presentó en el Honorable Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza para que el Municipio de Navarro retome y concluya las viviendas inconclusas que se encuentran paralizadas desde hace tiempo, en el marco de los programas nacionales Casa Propia – Construir Futuro, Reconstruir, Casa Activa y Completar.
El edil explicó que, a partir de la Resolución 1199/2025 del Ministerio de Economía de la Nación, los municipios pueden asumir la finalización de las obras en curso mediante mecanismos de autofinanciamiento o autoconstrucción, y que el objetivo es “dar una respuesta concreta a decenas de familias navarrenses que esperan hace años por una vivienda que nunca se terminó”.
“La situación habitacional en Navarro es crítica. Tenemos viviendas que se prometieron y no se entregaron, y mientras tanto hay familias con chicos que siguen esperando. Este proyecto busca que el Municipio, con la colaboración de los adjudicatarios, reactive las obras y las finalice”, señaló Natalini.
El texto presentado establece la creación de un Plan Municipal de Autoconstrucción Asistida, mediante el cual las familias adjudicatarias podrán completar los trabajos pendientes con acompañamiento técnico del Municipio, garantizando la calidad de las obras y priorizando a los grupos en situación de vulnerabilidad.
EVITAR EL ABANDONO Y PROMOVER LA PARTICIPACIÓN VECINAL
El proyecto propone además la creación de un Fondo Rotatorio de Autoconstrucción y Recupero Habitacional, que permitirá reinvertir los aportes y recuperos en nuevas soluciones habitacionales locales, fomentando la autogestión comunitaria y la transparencia en el uso de los fondos públicos.
“No se trata solo de terminar viviendas: es una oportunidad para dinamizar la economía local, generar trabajo y que las familias sean parte del proceso. Si el gobierno nacional, provincial o municipal no lo hace, tenemos que encontrar la forma de hacerlo desde Navarro”, afirmó Natalini.
Finalmente, la iniciativa autoriza al Departamento Ejecutivo a suscribir los convenios y acuerdos necesarios con organismos nacionales, provinciales o privados para garantizar la ejecución del plan.
“El derecho a una vivienda digna no puede seguir dependiendo de la burocracia ni de las demoras entre distintos niveles del Estado. Con voluntad política y organización, podemos terminar lo que se empezó”, concluyó el concejal.
PROYECTO:
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La Resolución N° 1199/2025 del Ministerio de Economía de la Nación, que establece los lineamientos a seguir respecto de los convenios en curso de ejecución vinculados a programas, subprogramas o planes de vivienda y hábitat; y
CONSIDERANDO:
Que el Municipio de Navarro suscribió oportunamente convenios de cooperación y financiamiento con el Estado Nacional en el marco de los programas “Casa Propia – Construir Futuro”, “Reconstruir”, “Casa Activa”, y/o “Programa Completar”, destinados a la construcción de soluciones habitacionales en diversas localidades del Partido.
Que, a raíz de las modificaciones de competencia y las disposiciones emanadas del Ministerio de Economía a través de la Resolución 1199/2025, los Municipios pueden asumir el financiamiento y la finalización de las obras en curso que se encuentren paralizadas, implementando mecanismos de autofinanciamiento o autoconstrucción, y procediendo al recupero de fondos conforme a las pautas allí establecidas.
Que el Municipio, en su carácter de Ente Ejecutor, tiene la potestad de adjudicar las viviendas a familias locales, priorizando a aquellas en situación de vulnerabilidad, permitiéndoles completar por sí mismas la construcción mediante un esquema de autoconstrucción asistida y supervisada técnicamente por la Dirección de Obras Públicas.
Que resulta indispensable evitar la deterioración, vandalización y autodestrucción de las viviendas ya iniciadas, garantizando el aprovechamiento del esfuerzo financiero realizado y contribuyendo al derecho constitucional a una vivienda digna (art. 14 bis CN, art. 36 inc. 8 de la Constitución Provincial).
Que el presente plan contribuirá además a dinamizar la economía local, fomentar la autogestión comunitaria, y reducir el déficit habitacional existente en el Partido de Navarro.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE NAVARRO
en uso de sus atribuciones legales,
ORDENA:
ARTÍCULO 1°.-
El Municipio de Navarro asume la finalización de las obras de viviendas inconclusas comprendidas en los programas de vivienda y hábitat alcanzados por la Resolución N° 1199/2025 del Ministerio de Economía de la Nación, actuando en carácter de Ente Ejecutor conforme a las disposiciones del artículo 1°, inciso b), de la mencionada norma.
ARTÍCULO 2°.-
Las obras pendientes de ejecución serán concluidas mediante un Plan Municipal de Autoconstrucción Asistida, a través del cual las familias adjudicatarias asumirán la ejecución de los trabajos finales, bajo la supervisión técnica y acompañamiento profesional del Municipio.
ARTÍCULO 3°.-
La adjudicación de las viviendas se realizará por sorteo público entre las familias inscriptas en el Registro Único de Viviendas Municipal (RUV) conforme a la Ordenanza N° 1686/22 vigente en la materia, priorizando a aquellas que reúnan las condiciones socioeconómicas de vulnerabilidad habitacional.
ARTÍCULO 4°.-
El Municipio podrá establecer convenios individuales de adjudicación con cada familia beneficiaria, en los cuales se fijarán:
    •    Las obligaciones de finalización de obra por parte del adjudicatario;
    •    El régimen de recupero, plazos y condiciones conforme al artículo 2° de la Resolución 1199/2025;
    •    La posibilidad de exceptuar del recupero total o parcial a adjudicatarios con necesidades básicas insatisfechas, o pertenecientes a grupos vulnerables, de acuerdo con los incisos i y ii del artículo 1° de dicha Resolución.
. La posibilidad de que el propietario asuma parte del costo de materiales.
ARTÍCULO 5°.-
Los materiales, asistencia técnica y control de calidad serán provistos o supervisados por la Dirección de Obras Públicas Municipal, pudiendo convenirse cooperación con entidades intermedias, colegios profesionales o cooperativas locales.
ARTÍCULO 6°.-
Créase en el ámbito del Municipio un Fondo Rotatorio de Autoconstrucción y Recupero Habitacional, en el que se depositarán los aportes y recuperos de fondos generados por este plan, los cuales serán reinvertidos exclusivamente en políticas habitacionales locales conforme al artículo 2° de la Resolución 1199/2025.
ARTÍCULO 7°.-
Autorízase al Departamento Ejecutivo a dictar las normas reglamentarias y complementarias necesarias para la implementación del presente régimen, pudiendo suscribir convenios, acuerdos o instrumentos con organismos nacionales, provinciales o entidades privadas.
ARTÍCULO 8°.-
De forma.
 
  
  
                     
                     
                    